
QUE ES EL IMPUESTO PREDIAL?
Es el tributo con que se grava la propiedad o posesion inmobiliaria, cuyo rendimiento contribuye a fortalecer la economia municipal, acrecentando la posibilidad de dotar de mas y mejores servicios publicos a la ciudadania.
COMO SE PAGA?
El impuesto predial se paga de forma anual, debiendo cubrirse dentro de los meses de Enero y febrero de cada ao, obteniendo una bonificacion del 15%; no obstante, el contribuyente puede optar por cubrir dicho impuesto de manera bimestral siempre y cuando exceda de cuota minima; misma que tributan los propietarios que sean jubilados, pensionados y/o mayor de 60 aos.
CUANTO SE PAGA?
El monto a pagar por concepto del impuesto predial se fija tomando como base el valor catastral (Tabla de Valores 2008) de cada inmueble, considerando para ello distintos factores, como son: tipo de zona y de construccion, condiciones topograficas y de irregularidad geometrica de los predios, asi como el equipamiento y los servicios de infraestructura urbana con que cuenten. Existen ademas tasas diferenciales de aplicacion impositiva, con lo cual se cubre el principio de proporcionalidad y equidad en el pago del tributo.

DONDE SE PAGA?
A partir de las reformas al articulo 115 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, fueron otorgadas al municipio responsabilidades en la conservacion e introduccion de los servicios publicos, proporcionandoles ademas los ingresos potenciales para financiar dichos servicios. Entre estos Ingresos, se encuentran las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, las participaciones federales y los ingresos derivados de la prestacion de los servicios publicos. En funcion de ello, actualmente el impuesto predial debe ser cubierto en la Tesoreria del Municipio.